Cese de pensión alimenticia en Chile

¿Qué es el cese de pensión de alimentos? Esta hace relación a cuando se extingue la obligación de pagar la pensión alimenticia.

Lo primero que debes saber es que el cese de pensión puede ocurrir por diferentes causas que te explicaremos a través de este artículo, pero que cumplas alguna de estas causas no significa que automáticamente debas dejar de pagar la pensión.

El padre o madre que esta pagando pensión de alimentos debe acudir a los tribunales, ya sea a dejar constancia de un acuerdo de cese de pensión con el hijo o bien con el representante que tenga la tuición de este.

En caso de que no exista un mutuo acuerdo deberá presentar una demanda para solicitar el cese frente al juez de familia según establece la ley Nº19.968 de código civil.

LLegado hasta acá ya es hora de responder la pregunta ¿Cómo solicitar el cese de pensión de alimentos?.

Causales para solicitar el cese de alimentos

Podrás acudir a los tribunales para solicitar el cese de pago de alimentos en los siguientes casos:

  • Si su(s) hijo(s) cumple(n) 21 años de edad y no se encuentran estudiando.
  • Los hijos cumplen 28 años siempre y cuando se encuentres estudiando una profesión u oficio.
  • Cuando el hijo(a) contrae matrimonio. El matrimonio cambia la situación que sustentaba el derecho a recibir pensión de alimentos.
  • Que la persona que goza de la pensión de alimentos trabaje y se pueda mantener así mismo.

Te explicamos cada caso a continuación:

En caso que el hijo cumple 21 años de edad

De acuerdo a la ley se puede solicitar el cese de pensión de alimentos si el hijo cumple 21 años de edad y no se encuentra estudiando.

En este caso se puede argumentar esta causal para solicitar la obligación de pago de pensión, ya que la ley considera que el hijo tiene las facultades para mantenerse por si solo. El cese solo será efectivo cuando un juez lo determine así.

El hijo cumple 28 años de edad

Al momento en que el hijo cumple 21 años de edad y este continue estudiando, el progenitor que se encuentra pagando la pensión de alimentos deberá continuar pagando la pensión hasta que el hijo cumple 28 años de edad.

Si el hijo contrae matrimonio

En caso de que su hijo es mayor de 18 años y este contrae matrimonio, se puede solicitar el cese de pensión por este motivo. Esto debido a que según la ley las condiciones de necesidad de alimento cambian y es el cónyuge del hijo quien debe apoyar en este tema.

Si el hijo trabaja

Si un hijo cumple 18 años y este comienza a trabajar incluso si esta estudiando, se entiende que tiene su propio sustento. Por lo anterior es que se puede solicitar el termino del pago de pensión

¿Cómo solicitar el cese de pensión de alimentos?

Debes recordad que el cese de la obligación no es automática. Si su hijo cumple alguna de las condiciones que mencionamos, se debe solicitar el cese del pago ante los tribunales para que se haga efectivo legalmente.

Pasos para solicitar el cese de pensión

1.- En el caso que se llegue a un acuerdo con el hijo donde se acuerde que se dejara de pagar la pensión. Ud deberá presentar este documento en el juzgado de familia para que un juez lo apruebe y quede constancia del cese de la obligación.

Este acuerdo se llama de acuerdo a la ley; Transacción.

2.- En caso de solicitar el cese del pago y no llega a un acuerdo, puede acudir a la instancia de mediación para poder llegar a un acuerdo con los hijo o representante, que es la persona que tiene la tuición legal de estos.

Si se llega a un acuerdo entre las partes, el mediador redactará una constancia del acuerdo y lo presentará ante el juzgado de familia para que se apruebe y este quede como una sentencia judicial.

3.- En caso de no llegar a ningún tipo de acuerdo, el progenitor que paga la pensión, cuenta con la vía de solicitar un juicio por el cese del pago de la pensión alimenticia.

Para esto debe contar con la asesoría de un abogado que le ayudará a presentar la demanda y se encargara de representarlo en el proceso.

3 comentarios

  1. Que sucede si una hija tiene 20 años y no está estudiando ni trabajando, pero se quiere ir a vivir con el pololo y la mamá del pololo, corresponde seguir pagando pension de alimentos??? Y del dinero que recibe el tutor por concepto de pension de alimentos debe proporcionar un porcentaje de ese dinero para recreacion? O es el tutor quien debe de administrar el dinero para sus gastos?

  2. Que sucede si una hija tiene 20 años y no está estudiando ni trabajando, pero se quiere ir a vivir con el pololo y la mamá del pololo, corresponde seguir pagando pension de alimentos??? Y del dinero que recibe el tutor por concepto de pension de alimentos debe proporcionar un porcentaje de ese dinero para recreacion? O es el tutor quien debe de administrar el dinero para sus gastos?

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